La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal le concedió la prisión domiciliaria al exministro de Planificación Federal Julio De Vido, al considerar que el Servicio Penitenciario Federal no logró demostrar que pueda garantizar adecuadamente la atención médica que requiere su delicado estado de salud.

El fallo, firmado este lunes por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, hizo lugar al recurso presentado por la defensa del ex funcionario, encabezada por Maximiliano Rusconi, y revocó la resolución del Tribunal Oral Federal N°4 que había rechazado el beneficio.

De Vido, de 76 años, cumple una condena de cuatro años de prisión por administración fraudulenta y se encontraba alojado en la Unidad 19 de Ezeiza. Según el expediente, padece «enfermedad cardiovascular arteriosclerótica difusa, diabetes mellitus tipo 2 insulinorequirente, fibrilación auricular persistente, hipertensión arterial y antecedente de accidente cerebrovascular».

Uno de los puntos centrales del fallo fue el reciente episodio cardíaco que sufrió el exfuncionario el 1° de abril de este año. La resolución recordó que debió ser trasladado de urgencia primero al Hospital Eurnekian y luego al Sanatorio Trinidad de Palermo, donde se le practicó una angioplastia con colocación de stent.

Los camaristas consideraron especialmente relevante que el propio Cuerpo Médico Forense advirtiera que la continuidad de De Vido en prisión sólo era posible si el penal garantizaba una serie de condiciones estrictas: guardia médica permanente, controles cardiológicos, provisión de medicación y capacidad de derivación inmediata ante emergencias.

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