Argentina (Redacción Voces Críticas) El proyecto que incorpora el denominado desalojo exprés obtuvo media sanción en el Senado y ahora deberá ser tratado por la Cámara de Diputados. La iniciativa busca modificar los procedimientos judiciales vinculados con inmuebles urbanos y rurales para reducir los tiempos de resolución.
Uno de los principales cambios establece que todas las acciones de desalojo deberán tramitarse mediante juicio sumarísimo, un procedimiento más breve que el ordinario. Además, podrán iniciar la demanda no solo los propietarios, sino también quienes acrediten un derecho o interés legítimo afectado sobre el inmueble.

La notificación podrá realizarse en el domicilio establecido en el contrato, tanto físico como electrónico, y tendrá validez incluso si el inquilino se niega a recibirla o si no puede concretarse por causas atribuibles a él.
El proyecto también establece que el dueño no podrá negarse a recibir las llaves. Si lo hace, el inquilino podrá consignarlas judicialmente y dejar de acumular alquileres u otras obligaciones, siempre que cumpla los plazos establecidos.
