La Corte Suprema de Justicia aclaró el alcance de una decisión reciente que indirectamente terminó ratificando la vigencia del Artículo 154 del Mega DNU 70/2023 que había frenado la Justicia y que habilitaba la venta sin límites de tierras a extranjeros. El fallo, emitido el martes pasado, generó un fuerte el rechazo de la oposición política en la Argentina y reabrió el debate público luego de que el gobierno de Javier Milei naufragara también en el Congreso en su intento por habilitar la extranjerización de tierras sin límites.

en el caso se decidió “un aspecto procesal, que se refiere a la legitimación de una asociación para obtener una medida cautelar;

“La sentencia no afecta a otras medidas cautelares que están en trámite con el mismo objeto y toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, puede peticionar una medida cautelar, que esta decisión no impide”, resaltó la Corte Suprema.

El conflicto judicial comenzó cuando el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata promovió un amparo contra el Estado Nacional. En marzo de 2024, la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata revocó una decisión de primera instancia y admitió el reclamo, declarando la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023, dictado por Javier Milei en el inicio de su gestión.

Ese artículo dispone la derogación de la ley de tierras vigente (26.737) que, entre otros puntos, establecía un tope máximo de 15% para la adquisición de tierras por parte de extranjeros.

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