La defensa de Vera había impugnado el fallo ante la Corte de la Nación en fecha 02/08/2017, la que fue admitida mediante sentencia del 07/12/2023. Como consecuencia de ello, se ordenó la remisión al tribunal de origen a fin de que se proceda a dictar un nuevo fallo.
Una vez remitido el expediente, la Corte de la Provincia se abocó al estudio de la causa, que consta de treinta y tres cuerpos.
En el día de la fecha se resolvió dejar sin efecto el fallo recurrido y mandó se dicte un nuevo pronunciamiento.
Fundó el fallo en el decisorio del Superior Tribunal Federal -a cuyas directrices debe inexorablemente adecuarse-, teniendo en cuenta las constancias del expediente y los recursos presentados.