En Salta Capital, una institución educativa privada argumentó su decisión de no inscribir a un alumno de 11 años basándose en las sanciones impuestas al menor a lo largo de los ciclos lectivos 2023 y 2024. Sin embargo, los padres del niño interpusieron un amparo, señalando la necesidad de que continuara su escolarización en un entorno conocido, ya que el niño asiste al establecimiento desde el prejardín. También advirtieron que un traslado a otra institución podría afectar gravemente su evolución.
DECISIÓN El niño, diagnosticado con TDAH, fue escuchado durante la audiencia. La jueza de la Sala II del Tribunal de Impugnación, María Edith Rodríguez, ordenó que el establecimiento educativo lo admita para el ciclo lectivo 2025, haciendo lugar a la acción de amparo promovida por sus padres.
NO LO DEJARON SOLO
Durante la audiencia, la jueza Rodríguez brindó los fundamentos de su sentencia de forma oral, tras los alegatos de las partes.
Uno de los puntos destacados fue que el niño fue votado por sus 28 compañeros como el “mejor compañero”. La jueza sostuvo que este hecho demuestra que los adultos deben adoptar una visión más inclusiva.
Rodríguez advirtió que un cambio de institución podría causar un “daño irreparable” en el niño. “Los niños entienden de inclusión”, recordó. También consideró que la decisión del colegio de no inscribirlo para el período lectivo 2025 representaba un acto abusivo del derecho y, en cierto modo, arbitrario.