Salta (Redacción Voces Críticas) El IPS oficializó una nueva resolución que modifica el esquema de cobertura para los prestadores de salud vinculados a la obra social provincial. A partir de ahora, no serán reconocidas ni abonadas las consultas médicas o prestaciones que los profesionales se realicen a sí mismos o a familiares directos bajo su responsabilidad.
La medida adoptada por el IPS fue establecida mediante la Resolución Nº 0035-D/2026 y alcanza a todos los prestadores registrados ante la obra social. Según se informó, la disposición incluye atenciones brindadas a hijos a cargo, cónyuges, convivientes registrados y otros integrantes del grupo familiar.
Desde el IPS argumentaron que distintos estudios sostienen que la objetividad clínica y emocional puede verse afectada cuando un profesional interviene en su propia atención médica o en la de personas cercanas. En ese sentido, remarcaron que estas situaciones podrían comprometer la calidad del diagnóstico y del tratamiento.
Además, el IPS consideró que este tipo de consultas forman parte de los deberes de asistencia familiar y cuidado personal, por lo que no corresponde que exista una contraprestación económica por parte de la obra social. La resolución también establece que las prácticas de autocuidado no pueden ser consideradas prestaciones médicas cubiertas.
Otro de los puntos que aclaró el IPS es que cualquier facturación presentada por este tipo de consultas no será abonada. A su vez, advirtió que quienes incumplan la normativa podrán enfrentar sanciones contempladas dentro del régimen disciplinario vigente para prestadores de la obra social.
