Argentina (Redacción Voces Críticas) El Gobierno nacional modificó la reglamentación de la Ley de Defensa al consumidor e incorporó un nuevo mecanismo que permitirá reducir hasta un 50% las multas aplicadas a proveedores sancionados por infracciones. La medida fue oficializada este viernes a través del Decreto 377/2026 publicado en el Boletín Oficial.
Según establece la nueva normativa, las empresas o proveedores que acepten la sanción y abonen dentro de los 10 días hábiles posteriores a la notificación podrán acceder a una quita del 50% sobre el monto total de la multa. El esquema apunta a agilizar los procedimientos administrativos y disminuir la cantidad de litigios judiciales vinculados a conflictos de consumo.
La modificación incorpora un nuevo inciso dentro de la reglamentación del artículo 45 de la Ley de Defensa al consumidor. Allí se establece que el infractor podrá cumplir voluntariamente con la sanción y acceder a la reducción correspondiente, aunque el beneficio quedará automáticamente sin efecto si decide apelar la resolución.
El decreto aclara además que la disminución de la multa no podrá generar montos inferiores al mínimo previsto dentro del régimen sancionatorio vigente. De esta manera, el Ejecutivo busca mantener un piso de penalidades aun cuando exista aceptación voluntaria de la infracción por parte del proveedor.
Con este nuevo mecanismo, los proveedores tendrán la posibilidad de cerrar rápidamente los procesos administrativos evitando instancias judiciales posteriores. Al mismo tiempo, el Ejecutivo considera que la reforma podría mejorar la eficiencia del sistema y facilitar una resolución más rápida de los conflictos de consumo.
