Salta (Redacción Voces Críticas) Salta reglamentó este miércoles 12 de agosto el cannabis medicinal mediante el Decreto N° 477/2026, publicado en el Boletín Oficial. La medida desarrolla la Ley N° 8.505 y pone en marcha REDICANN-SALTA, un sistema digital destinado a registrar y controlar a las personas e instituciones vinculadas con esta actividad en todo el territorio provincial.
La nueva normativa permitirá inscribirse a pacientes que cuenten con indicación médica, familiares, representantes legales, autocultivadores y terceros cultivadores. En el caso del autocultivo, la persona deberá encontrarse registrada como paciente, mientras que quienes cultiven para terceros solamente podrán hacerlo para un paciente determinado y con su correspondiente autorización.
El registro de cannabis medicinal también alcanzará a productores, empresas, asociaciones civiles, fundaciones, organizaciones no gubernamentales, universidades, laboratorios y centros de investigación. Una vez acreditados los requisitos establecidos, cada inscripto recibirá un Certificado Digital de Registro con validez dentro de toda la provincia de Salta.
Para pacientes, autocultivadores y terceros cultivadores, las autorizaciones podrán tener una duración de hasta tres años, mientras que las demás categorías tendrán permisos de un año. Además, las personas que ya estén incorporadas al REPROCANN podrán solicitar su ingreso al sistema salteño siempre que demuestren que mantienen vigente dicha registración.
La reglamentación del cannabis medicinal establece controles particulares para quienes produzcan. Los terceros cultivadores deberán declarar hasta tres domicilios destinados a esa tarea, carecer de condenas firmes relacionadas con delitos previstos en la Ley de Estupefacientes y presentar análisis cromatográficos por lote, además de informes periódicos sobre plantas, floración y variedades utilizadas.
