SALTA (Redacción Voces Críticas) El Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP), presidido por Carlos “Uluncha” Saravia, puso bajo la lupa una decisión de COSAYSA – Aguas del Norte vinculada al desarrollo Vía Aurelia. Mediante la Resolución 1400/2026, fechada el 26 de agosto, el organismo formuló una “observación legal” sobre la cesión de dos módulos compactos destinados al tratamiento de efluentes cloacales.

La operación contempló la entrega en comodato al Fideicomiso Urbanización Vía Aurelia de dos equipos de importantes dimensiones: cada uno mide 14,10 metros de largo, 2,63 de ancho y 3,45 de alto, con un peso de 13,5 toneladas. Según lo informado, el privado debía equiparlos, mantenerlos y posteriormente devolverlos a Aguas del Norte en condiciones operativas. Su utilización buscaba reforzar provisoriamente el tratamiento de efluentes de la urbanización.

El cuestionamiento del ENRESP no apunta únicamente al destino de los módulos, sino fundamentalmente al procedimiento utilizado para disponer de bienes afectados a la prestación de un servicio público. De acuerdo con la resolución, no se habría aportado documentación suficiente para determinar las condiciones del contrato, su duración, seguros, mantenimiento, responsabilidades de las partes y mecanismo de restitución. Tampoco se habría presentado una copia autenticada de la decisión del Directorio de COSAYSA que aprobó el comodato.

La intervención adquiere mayor relevancia por los antecedentes de Vía Aurelia. El organismo ya había declarado al fideicomiso “operador de hecho” del tratamiento de efluentes domiciliarios mediante la Resolución 884/2026 y había ordenado medidas destinadas a regularizar su situación. También había prohibido nuevas conexiones domiciliarias hasta comprobar la capacidad suficiente del sistema. La nueva resolución señala además que el emprendimiento carece actualmente de Certificado de Aptitud Ambiental, tras la revocación dispuesta por la Municipalidad de Salta, y que aún no habría concretado su inscripción como prestador de hecho en los términos requeridos.

Frente a este escenario, Saravia avanzó con una medida concreta: Aguas del Norte tendrá 10 días hábiles administrativos para presentar todos los antecedentes de la operación. Entre ellos deberán encontrarse el contrato, la aprobación del Directorio, el plazo y condiciones de utilización, seguros, mantenimiento, responsabilidades, forma de devolución y las evaluaciones técnicas, económicas y jurídicas que fundamentaron la cesión. Además, el ENRESP dio intervención a la Fiscalía de Estado.

La resolución también establece un límite hacia adelante: COSAYSA deberá abstenerse de disponer nuevos bienes afectados al servicio público en favor de terceros que no sean usuarios regulares sin intervención y autorización previa del Ente Regulador. La decisión no determina, por ahora, que haya existido una ilegalidad ni ordena la devolución inmediata de los módulos. Sin embargo, Saravia dejó planteado un límite claro: cuando están involucrados bienes destinados al servicio público, Aguas del Norte deberá acreditar las condiciones de la operación y someterlas al correspondiente control regulatorio.

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