ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) El Gobierno nacional dispuso ampliar las medidas de control y defensa del espacio aéreo argentino ante la próxima visita del papa León XIV, prevista entre el 8 y el 11 de noviembre de 2026. La decisión fue comunicada mediante el Decreto 1334/2026, difundido este miércoles 4 de noviembre, y contempla la posibilidad de derribar aeronaves declaradas hostiles bajo condiciones excepcionales. El operativo estará concentrado en las zonas donde se desarrollarán las actividades del Sumo Pontífice, particularmente en la Ciudad de Buenos Aires, Córdoba y Luján, en la provincia de Buenos Aires. Según la disposición informada, la utilización de la fuerza letal deberá ser considerada una medida de último recurso y requerirá la aprobación del ministro de Defensa, Carlos Presti.
La decisión responde al despliegue de seguridad previsto para las actividades que encabezará el líder de la Iglesia católica durante su estadía en Argentina. El decreto señala que las celebraciones y encuentros contarán con la presencia de numerosas autoridades nacionales y extranjeras, además de una importante concurrencia de ciudadanos. Ante este escenario, el Ejecutivo consideró necesario establecer medidas especiales para proteger objetivos estratégicos y preservar los intereses contemplados en la Ley de Defensa Nacional N.º 23.554. La normativa también hace referencia a las responsabilidades del Comando Conjunto Aeroespacial, organismo encargado de coordinar permanentemente las tareas de defensa aeroespacial del territorio argentino en tiempos de paz.

Para autorizar el derribo, deberán haberse agotado previamente los procedimientos de identificación, interceptación, advertencia y orden de aterrizaje. Además, tendrá que confirmarse la existencia de un acto hostil y comunicarse formalmente esa condición respecto de la aeronave involucrada. Recién después de cumplir esos requisitos podrá considerarse una intervención destinada a anular su capacidad de vuelo e impedir que continúe su trayectoria. La disposición exige adoptar las precauciones necesarias para evitar o reducir al mínimo los posibles daños a personas y bienes en la superficie. La decisión final de aplicar esta medida excepcional deberá contar con la autorización expresa del ministro de Defensa.
