El abogado que llevó el caso detalló que la justicia falló a favor de su clienta: una madre salteña de dos menores, quien demandó al padre de los chicos por negarse a pasar la cuota alimentaria.
Según relató, el padre llegó a renunciar en varias ocasiones a los lugares donde trabajaba para evitar aportar dinero para sus hijos. Ante esta situación, el letrado decidió basarse en el Código Civil y Comercial de 2015 para llevar adelante la demanda.
Se realizaron varias citaciones a las que el padre no asistió. Sin embargo, cuando llegó la etapa de juicio, el hombre se presentó en la audiencia y manifestó a la jueza que no podía hacerse cargo de los menores porque no tenía trabajo. Aun así, se dictaminó que el proceso continuaría y la resolución fue el embargo preventivo del 10% de los aportes jubilatorios de los padres del hombre, es decir, los abuelos de los niños.
El embargo podría levantarse si el padre de los menores comienza a cumplir con la cuota alimentaria, pero mientras eso no ocurra, los abuelos continuarán pasando la cuota.
“Esto no se trata del padre ni de la madre, sino de los menores, quienes quedan en el medio y tienen derecho a recibir su cuota alimentaria”, señaló el abogado a Con Criterio Salta.