El juez Raúl Ojeda, titular del juzgado del Trabajo N°63, repuso este lunes el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral (27.802), conocida como la Reforma Laboral, que fue promulgada por el presidente Javier Milei en febrero de este año.

Ese nuevo cálculo para las indemnizaciones (CER + 3%) fue fijado a modo de límite máximo legal para los cálculos en procesos laborales y el objetivo final es evitar la capitalización excesiva de intereses, algo que ocurría anteriormente con otros mecanismos.

De hecho, la medida se había incluido en el texto que fue aprobado durante las sesiones extraordinarias de febrero para dar previsibilidad a las empresas sobre el costo final de los juicios laborales y eliminar las deudas, debido a que muchos empresarios señalaron que se vuelvan “impagables” por las tasas de interés judicial previas.

Sin embargo, el juez Ojeda lo suspendió en marzo sólo para notar en su fallo de este lunes que «un nuevo análisis de la cuestión me lleva a revocar por contrario imperio la medida adoptada en forma cautelar y reiterar que el análisis de fondo se difiere para el momento de la sentencia definitiva«.

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