La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil anuló dos resoluciones clave de la Inspección General de Justicia (IGJ) y del Ministerio de Justicia de la Nación que habían impedido a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) completar el traslado de su domicilio a la provincia de Buenos Aires. Además, dispuso tener por cancelada la inscripción de la entidad en la IGJ, lo que implica que la conducción de Claudio Tapia quedará definitivamente bajo la órbita de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense.
quienes declararon la nulidad de la Resolución 140/2026 de la IGJ y de la Resolución 128/2026 del Ministerio de Justicia.
El fallo cuestiona la actuación del organismo nacional y sostiene que se arrogó facultades que no le correspondían. Según los magistrados, la IGJ “desatendió palmariamente la oportuna decisión de este Tribunal” al rechazar la inscripción de una reforma estatutaria que ya había sido aprobada por la asamblea de la AFA y cuya validez había sido reconocida judicialmente.
La Cámara anuló la resolución del entonces ministro de Justicia que había dispuesto una “intervención en grado de veeduría” sobre la entidad. Los jueces sostuvieron que, al momento de dictarse esa medida, la AFA ya estaba bajo la órbita de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense, por lo que la IGJ y el Ministerio de Justicia ya no tenían competencia para intervenir.
“Mal podía la Inspección General de Justicia solicitar -y así se dispuso- a quien carecía de competencia (…) la INTERVENCIÓN EN GRADO DE VEEDURÍA (…) dado que a esa fecha el control de legalidad y fiscalización de la asociación civil en cuestión se hallaba bajo la esfera de actuación del organismo administrativo dependiente de la Provincia de Buenos Aires”, indica el fallo.
