SALTA (Redacción Voces Críticas) La posibilidad de acceder a una jubilación a partir de los 40 años volvió a generar interés en Argentina, luego de que circulara información sobre la denominada Ordenanza 29604, una normativa mencionada en relación con el retiro anticipado de determinados trabajadores. Aunque el sistema previsional contempla regímenes especiales que permiten jubilarse antes de las edades habituales, no existe una disposición general de ANSES que habilite a cualquier persona a retirarse a los 40 años por contar con 20 años de aportes. Por este motivo, resulta fundamental diferenciar los beneficios establecidos para actividades específicas de las condiciones que rigen para la mayoría de los trabajadores. La referencia a la ordenanza tampoco permite afirmar, sin verificar su texto y jurisdicción, que haya sido activada por la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
En el régimen previsional general administrado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), la edad jubilatoria habitual es de 60 años para las mujeres y 65 años para los varones, con un requisito general de 30 años de aportes. Sin embargo, existen regímenes diferenciales que contemplan condiciones particulares para quienes desarrollan actividades consideradas riesgosas, insalubres o que implican un desgaste físico significativo. Estas disposiciones pueden establecer edades mínimas inferiores y requisitos específicos de servicios y aportes. Entre las actividades que cuentan con regulaciones particulares se encuentran determinados trabajos mineros, ferroviarios, de transporte y de sectores industriales. No obstante, cada régimen posee sus propias condiciones y no todos permiten acceder a una jubilación a los 40 años.

Para determinar si una persona puede acceder a una jubilación anticipada, es necesario revisar la actividad laboral desempeñada, la edad mínima exigida, los años de servicios reconocidos y los aportes realizados. Contar con 20 años de aportes, por sí solo, no garantiza el derecho a retirarse antes de la edad jubilatoria general. Quienes hayan trabajado en sectores comprendidos por regímenes diferenciales deben reunir documentación que permita acreditar las tareas desarrolladas y los períodos de servicio correspondientes. En ese sentido, consultar la historia laboral registrada en ANSES constituye un primer paso para verificar los aportes declarados e identificar posibles períodos faltantes. Si existen servicios que no aparecen en los registros, podría ser necesario presentar certificados laborales u otra documentación respaldatoria ante el organismo competente.
Antes de iniciar cualquier trámite de jubilación anticipada, se recomienda confirmar cuál es el régimen previsional aplicable y qué organismo tiene competencia para otorgar el beneficio. Esta consulta permitirá establecer si existen requisitos particulares relacionados con la actividad, la antigüedad o la edad del trabajador. También resulta importante verificar si la normativa invocada continúa vigente y si contempla expresamente las condiciones mencionadas. En consecuencia, la posibilidad de jubilarse a los 40 años con 20 años de aportes no debe interpretarse como una medida general anunciada por Sandra Pettovello ni como un beneficio automático de ANSES. Su eventual aplicación dependerá de la existencia de un régimen especial que establezca esas condiciones y de que el solicitante reúna todos los requisitos exigidos.
