Un padre que adeuda el dinero por alimentos para su hija desde hace un año se verá obligado a pagar a través de la factura de la luz. La jueza de Monteros Mariana Rey Galindo determinó que la empresa de energía le cobre la deuda y la deposite en una cuenta del Poder Judicial.
EL CASO
Ante los constantes incumplimientos del demandado, la abogada patrocinante solicita se efectúe una retención poco convencional, pero efectiva a los fines del cobro de la cuota alimentaria adeudada. Cubriendo de esta forma el derecho alimentario que asiste a la niña C, que no ha podido ser tutelado por la justicia en virtud de las constantes evasiones del alimentante.
Para ello solicita se libre oficio a la empresa de energía a los fines de que retenga mensualmente el monto de la cuota alimentaria establecida en autos, en la factura de servicios declarados y activos que posea el Sr. E y sea la encargada luego de depositarla en la cuenta judicial.